Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2022/996 de la Comisi髇, de 14 de junio de 2022, relativo a las normas para verificar los criterios de sostenibilidad y de reducci髇 de las emisiones de gases de efecto invernadero y los criterios de bajo riesgo de provocar un cambio indirecto del uso de la tierra

Ficha:
  • 觬ganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 168 de 27 de Junio de 2022
  • Vigencia desde 30 de Junio de 2022. Revisi髇 vigente desde 11 de Marzo de 2024
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 328 de 21.12.2018, p. 82.

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(2)

Reglamento Delegado (UE) 2019/807 de la Comisi髇, de 13 de marzo de 2019, por el que se completa la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la determinaci髇 de las materias primas con riesgo elevado de provocar un cambio indirecto del uso de la tierra de cuya superficie de producci髇 se observa una expansi髇 significativa a tierras con elevadas reservas de carbono y la certificaci髇 de los biocarburantes, los biol韖uidos y los combustibles de biomasa con bajo riesgo de provocar un cambio indirecto del uso de la tierra (DO L 133 de 21.5.2019, p. 1).

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(3)

Reglamento (UE) n. 1307/2014 de la Comisi髇, de 8 de diciembre de 2014, relativo a la determinaci髇 de los criterios y 醨eas geogr醘icas de los prados y pastizales de elevado valor en cuanto a biodiversidad, a efectos del art韈ulo 7 ter, apartado 3, letra c), de la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la calidad de la gasolina y el gas髄eo, y del art韈ulo 17, apartado 3, letra c), de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energ韆 procedente de fuentes renovables (DO L 351 de 9.12.2014, p. 3).

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(4)

Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protecci髇 de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Uni髇 (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17).

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(5)

Directiva 2009/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009 , relativa al almacenamiento geol骻ico de di髕ido de carbono y por la que se modifican la Directiva 85/337/CEE del Consejo, las Directivas 2000/60/CE, 2001/80/CE, 2004/35/CE, 2006/12/CE, 2008/1/CE y el Reglamento (CE) n. 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 140 de 5.6.2009, p. 114).

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(6)

玃laguicidas: todos los productos fitosanitarios, tales como herbicidas, insecticidas, fungicidas, etc.

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(7)

IPCC (2006), vol. 4, cap韙ulo 11: Emisiones de N2O de los suelos gestionados y emisiones de CO2 derivadas de la aplicaci髇 de cal y urea.

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(8)

Nomenclatura de unidades territoriales estad韘ticas.

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(9)

Si se solicita la certificaci髇 de grupo, la solicitud debe incluir el nombre y los datos de contacto del gestor del grupo y el nombre, los datos de contacto y la ubicaci髇 de las explotaciones o plantaciones que forman parte del grupo.

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(10)

La replantaci髇 al final del ciclo de vida del cultivo siempre es necesaria para los cultivos perennes. Para que la replantaci髇 se considere una medida de adicionalidad, el operador econ髆ico debe demostrar que su replantaci髇 va m醩 all de lo habitual.

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(11)

El VAN es la diferencia entre el valor actual de las entradas de efectivo y el valor actual de las salidas de efectivo durante un per韔do determinado. El VAN se utiliza en la presupuestaci髇 del capital y la planificaci髇 de inversiones para analizar la rentabilidad de una inversi髇 o un proyecto futuros. Fuente: https://www.investopedia.com/terms/n/npv.asp

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(12)

Precios al productor, FAOSTAT. Fuente: https://www.fao.org/faostat/es/#data/PP

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(13)

Pa韘es de la Organizaci髇 de Cooperaci髇 y Desarrollo Econ髆icos (OCDE).

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(14)

De conformidad con el art韈ulo 2, punto 7, del Reglamento Delegado (UE) 2019/807, deben excluirse las fluctuaciones de los rendimientos.

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(15)

Para utilizar esta opci髇, los operadores econ髆icos deben demostrar que la correlaci髇 entre la curva de crecimiento est醤dar y su curva de crecimiento de referencia es inferior a 0,8.

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(16)

Despu閟 de 25 a駉s se prev que el rendimiento seguir韆 disminuyendo. Sin embargo, dado que la vida 鷗il t韕ica de una palma de aceite es de unos 25 a駉s, faltan datos que respalden la magnitud de la reducci髇 despu閟 de 25 a駉s. Por lo tanto, se adopta un enfoque conservador en la hip髏esis de que la curva de rendimiento se mantendr韆 al mismo nivel que a los 25 a駉s.

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(17)

Despu閟 de 25 a駉s se prev que el rendimiento seguir韆 disminuyendo. Sin embargo, dado que la vida 鷗il t韕ica de una palma de aceite es de unos 25 a駉s, faltan datos que respalden la magnitud de la reducci髇 despu閟 de 25 a駉s. Por lo tanto, se adopta un enfoque conservador en la hip髏esis de que la curva de rendimiento se mantendr韆 al mismo nivel que a los 25 a駉s.

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