Ley 48/1999, de 20 de diciembre, por la que se autoriza la participaci髇 de Espa馻 en la segunda reposici髇 de recursos del Fondo para el Medio Ambiente Mundial Reestructurado.

Ficha:
  • 觬gano JEFATURA DEL ESTADO
  • Publicado en BOE n鷐. 304 de
  • Vigencia desde 22 de Diciembre de 1999.
Versiones/revisiones:
(1)

Las cantidades de esta columna har韆 posible acercarse a la cantidad total objetivo de la reposici髇.

Ver Texto
(2)

Moneda local. Basado en tipos de cambio medios del per韔do 1 de mayo a 31 de octubre de 1997.

Ver Texto
(3)

Las contribuciones de estos pa韘es est醤 por debajo de su cuota b醩ica al FMAM1; la cuota b醩ica al FMAM2 es del 10,66 por 100 para Alemania, 4,39 por 100 Italia y 20,84 Estados Unidos.

Ver Texto
(4)

Alemania est preparada para aumentar su contribuci髇 en una cantidad equivalente a 11,56 millones de DEGs sujeto a aprobaci髇 parlamentaria as como la liquidaci髇 de todos los atrasos al FMAM1 por parte de los mayores participantes y a la adecuada participaci髇 de los mayores participantes en el cierre de la brecha. Francia est preparada a aumentar su contribuci髇 en una cantidad equivalente a 4,16 millones de DEGs en las mismas condiciones.

Ver Texto
(5)

Estos participantes han acordado ajustar sus contribuciones al alza hasta el nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(3)

Las contribuciones de estos pa韘es est醤 por debajo de su cuota b醩ica al FMAM1; la cuota b醩ica al FMAM2 es del 10,66 por 100 para Alemania, 4,39 por 100 Italia y 20,84 Estados Unidos.

Ver Texto
(6)

Esfuerzos adicionales ser醤 requeridos de aquellos participantes que no han contribuido con la parte necesaria para lograr la reposici髇 total del Fondo en este momento. Dichos participantes han indicado su intenci髇 de realizar sus mejores esfuerzos para contribuir al cierre de la brecha.

Ver Texto
(4)

Alemania est preparada para aumentar su contribuci髇 en una cantidad equivalente a 11,56 millones de DEGs sujeto a aprobaci髇 parlamentaria as como la liquidaci髇 de todos los atrasos al FMAM1 por parte de los mayores participantes y a la adecuada participaci髇 de los mayores participantes en el cierre de la brecha. Francia est preparada a aumentar su contribuci髇 en una cantidad equivalente a 4,16 millones de DEGs en las mismas condiciones.

Ver Texto
(5)

Estos participantes han acordado ajustar sus contribuciones al alza hasta el nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(7)

En cuanto se hayan cumplido las condiciones de la letra(f) Holanda estar preparada para dar una contribuci髇 adicional suplementaria de 1 mill髇 de DEGs.

Ver Texto
(5)

Estos participantes han acordado ajustar sus contribuciones al alza hasta el nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(6)

Esfuerzos adicionales ser醤 requeridos de aquellos participantes que no han contribuido con la parte necesaria para lograr la reposici髇 total del Fondo en este momento. Dichos participantes han indicado su intenci髇 de realizar sus mejores esfuerzos para contribuir al cierre de la brecha.

Ver Texto
(3)

Las contribuciones de estos pa韘es est醤 por debajo de su cuota b醩ica al FMAM1; la cuota b醩ica al FMAM2 es del 10,66 por 100 para Alemania, 4,39 por 100 Italia y 20,84 Estados Unidos.

Ver Texto
(8)

Esta cantidad es el equivalente en DEGs de 143.000 millones de liras italianas resultante de desembolsar la contribuci髇 al FMAM2, en un per韔do de cinco a駉s en vez de diez a駉s.

Ver Texto
(5)

Estos participantes han acordado ajustar sus contribuciones al alza hasta el nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(5)

Estos participantes han acordado ajustar sus contribuciones al alza hasta el nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(5)

Estos participantes han acordado ajustar sus contribuciones al alza hasta el nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(9)

La contribuci髇 adicional suplementaria ser aumentada en 4,25 millones de libras esterlinas(5,05 millones de DEGs) cuando se cumplan las condiciones de la letra(e).

Ver Texto
(10)

Se espera pronto confirmaci髇 de estos compromisos.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(12)

China e India han acordado contribuir con m醩 del nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(10)

Se espera pronto confirmaci髇 de estos compromisos.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(12)

China e India han acordado contribuir con m醩 del nivel de contribuci髇 m韓ima de 4 millones de DEGs.

Ver Texto
(10)

Se espera pronto confirmaci髇 de estos compromisos.

Ver Texto
(10)

Se espera pronto confirmaci髇 de estos compromisos.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(10)

Se espera pronto confirmaci髇 de estos compromisos.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(11)

Participantes con una tasa media de inflaci髇 superior al 10 por 100 durante un per韔do de tres a駉s que va desde 1994 a 1996 denominar醤 sus contribuciones en DEGs.

Ver Texto
(13)

El instrumento debe ser firmado en nombre del Gobierno por un representante de 閟te debidamente autorizado.

Ver Texto