Orden de 30 de abril de 1996. Se adecuan a la nueva ordenaci髇 educativa determinados criterios en materia de homologaci髇 y convalidaci髇 de t韙ulos y estudios extranjeros de niveles no universitarios y se fija el r間imen de equivalencias con los correspondientes espa駉les.

Ficha:
  • 觬gano
  • Publicado en BOE n鷐. 112 de
  • Vigencia desde 09 de Mayo de 1996. Esta revisi髇 vigente desde 28 de Febrero de 2003
Versiones/revisiones:
(1)

Direcci髇 Provincial de Educaci髇 y Ciencia de .................. Gobierno Civil de ................ Servicio de Alta Inspecci髇 de Oficina Consular de .................. Subdirecci髇 General de T韙ulos, Convalidaciones y Homologaciones.

Ver Texto
(2)

Indicar el pa韘 en el que se han realizado los estudios extranjeros que se pretenden convalidar u homologar.

Ver Texto
(3)

Indicar los estudios espa駉les cuya convalidaci髇 u homologaci髇 desea obtener.

Ver Texto
(4)

Indicar el nombre y direcci髇 del Centro en el que va a realizar la inscripci髇 provisional. Si solicita inscripci髇 provisional en un Centro distinto del que indique en este volante, el Centro no estar obligado a realizarla.

Ver Texto
(5)

Indicar el curso o el examen oficial en el que se desea.

Ver Texto