Resolución de 16 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se establece el momento en que debe realizarse la reubicación de los canales de televisión digital terrestre en los múltiples digitales RGE1, RGE2, MPE1, MPE2, MPE3, MPE4 y MAUT planificados en el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre aprobado por el Real Decreto 805/2014, de 19 de septiembre.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO
  • Publicado en BOE núm. 255 de
  • Vigencia desde 10 de Noviembre de 2014
Versiones/revisiones: