Resoluci髇 de 5 de febrero de 2015, de la Secretar韆 General del Tesoro y Pol韙ica Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las entidades locales, y de las comunidades aut髇omas que se acojan al Fondo de Financiaci髇 a Comunidades Aut髇omas