Reglamento (UE) 2016/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, por el que se establece un plan plurianual para las poblaciones de bacalao, arenque y espadín del mar Báltico y para las pesquerías que explotan estas poblaciones y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 2187/2005 del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.° 1098/2007 del Consejo

Ficha:
  • ÓrganoPARLAMENTO Y CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 191 de 15 de Julio de 2016
  • Vigencia desde 20 de Julio de 2016. Revisión vigente desde 01 de Diciembre de 2020 hasta 09 de Julio de 2024
Versiones/revisiones:
(1)

DO C 230 de 14.7.2015, p. 120.

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(2)

Posición del Parlamento Europeo de 23 de junio de 2016 (pendiente de publicación en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 1 de julio de 2016 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

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(3)

DO L 179 de 23.6.1998, p. 3.

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(4)

Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina) (DO L 164 de 25.6.2008, p. 19).

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(5)

Reglamento (UE) n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1954/2003 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 2371/2002 y (CE) n.º 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo (DO L 354 de 28.12.2013, p. 22).

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(6)

Reglamento (CE) n.º 1098/2007 del Consejo, de 18 de septiembre de 2007, por el que se establece un plan plurianual para las poblaciones de bacalao del Mar Báltico y para las pesquerías de estas poblaciones y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n.º 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 779/97 (DO L 248 de 22.9.2007, p. 1).

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(7)

DO L 123 de 12.5.2016, p. 1.

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(8)

Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, se modifican los Reglamentos (CE) n.º 847/96, (CE) n.º 2371/2002, (CE) n.º 811/2004, (CE) n.º 768/2005, (CE) n.º 2115/2005, (CE) n.º 2166/2005, (CE) n.º 388/2006, (CE) n.º 509/2007, (CE) n.º 676/2007, (CE) n.º 1098/2007, (CE) n.º 1300/2008 y (CE) n.º 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 2847/93, (CE) n.º 1627/94 y (CE) n.º 1966/2006 (DO L 343 de 22.12.2009, p. 1).

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(9)

Reglamento (UE) n.º 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 2328/2003, (CE) n.º 861/2006, (CE) n.º 1198/2006 y (CE) n.º 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) n.º 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 149 de 20.5.2014, p. 1).

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(10)

Reglamento (CE) n.º 2187/2005 del Consejo, de 21 de diciembre de 2005, relativo a la conservación, mediante medidas técnicas, de los recursos pesqueros en aguas del Mar Báltico, los Belts y el Sund, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1434/98 y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 88/98 (DO L 349 de 31.12.2005, p. 1).

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(11)

Reglamento Delegado (UE) n.º 1396/2014 de la Comisión, de 20 de octubre de 2014, por el que se establece un plan de descartes en el mar Báltico (DO L 370 de 30.12.2014, p. 40).

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(12)

Reglamento (UE) 2019/1241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre la conservación de los recursos pesqueros y la protección de los ecosistemas marinos con medidas técnicas, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1967/2006 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo y los Reglamentos (UE) n.º 1380/2013, (UE) 2016/1139, (UE) 2018/973, (UE) 2019/472 y (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 894/97, (CE) n.º 850/98, (CE) n.º 2549/2000, (CE) n.º 254/2002, (CE) n.º 812/2004 y (CE) n.º 2187/2005 del Consejo (DO L 198, de 25.7.2019, p. 105).

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(13)

Reglamento (UE) 2016/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, por el que se establece un plan plurianual para las poblaciones de bacalao, arenque y espadín del mar Báltico y para las pesquerías que explotan estas poblaciones y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 2187/2005 del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1098/2007 del Consejo (DO L 191 de 15.7.2016, p. 1)

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