Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector P鷅lico

Ficha:
  • 觬ganoMINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA
  • Publicado en BOE n鷐. 118 de 15 de Mayo de 2009
  • Vigencia desde 16 de Junio de 2009. Revisi髇 vigente desde 23 de Marzo de 2011
Versiones/revisiones:
(2)

Reglamento (CEE) n. 3037/90 del Consejo, de 9 de octubre de 1990, relativo a la nomenclatura estad韘tica de actividades econ髆icas en la Comunidad Europea (DO L 293 de 24.10.1990, p. 1). Reglamento modificado en 鷏timo lugar por el Reglamento (CEE) n. 761/93 de la Comisi髇 (DO L 83 de 3.4.1993, p. 1).

En caso de diferentes interpretaciones entre CPV y NACE, se aplicar la nomenclatura NACE.

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(3)

Nomenclatura CPC (versi髇 provisional) empleada para definir el 醡bito de aplicaci髇 de la Directiva 92/50/CEE. En caso de diferentes interpretaciones entre CPV y CPC, se aplicar la nomenclatura CPC.

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(4)

Exceptuando los servicios de transporte por ferrocarril incluidos en la categor韆 18.

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(5)

Exceptuando los servicios financieros relativos a la emisi髇, compra, venta y transferencia de t韙ulos u otros instrumentos financieros, y los servicios prestados por los bancos centrales. Quedan tambi閚 excluidos los servicios que consistan en la adquisici髇 o el arrendamiento, independientemente del sistema de financiaci髇, de terrenos, edificios ya existentes u otros bienes inmuebles, o relativos a derechos sobre estos bienes; no obstante, los servicios financieros prestados, bien al mismo tiempo, bien con anterioridad o posterioridad al contrato de adquisici髇 o de arrendamiento, en cualquiera de sus formas, se regular醤 por lo dispuesto en la presente Ley en cuanto se refiere al procedimiento de adjudicaci髇.

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(6)

Exceptuando los servicios de investigaci髇 y desarrollo distintos de aquellos cuyos resultados corresponden al poder adjudicador y/o a la entidad adjudicadora para su uso exclusivo, siempre que 閟te remunere 韓tegramente la prestaci髇 del servicio.

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(7)

Exceptuando los servicios de arbitraje y conciliaci髇.

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(8)

Exceptuando los contratos de trabajo.

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(9)

Exceptuando los contratos para la compra, el desarrollo, la producci髇 o la coproducci髇 de material de programaci髇 por parte de los organismos de radiodifusi髇 y los contratos relativos al tiempo de radiodifusi髇.

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