Orden de 21 de diciembre de 2012, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se establece el procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los pensionistas titulares y beneficiarios de la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud que excedan de los límites máximos establecidos en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Ficha:
  • Órgano DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
  • Publicado en BOA núm. 252 de
  • Vigencia desde 29 de Diciembre de 2012.
Versiones/revisiones: