Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2018/986 de la Comisi髇, de 3 de abril de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/504 en lo que respecta a la adaptaci髇 de las disposiciones administrativas para la homologaci髇 y la vigilancia del mercado de los veh韈ulos agr韈olas y forestales a los l韒ites de emisiones de fase V

Ficha:
  • 觬gano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL n鷐. 182 de
  • Vigencia desde 07 de Agosto de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 60 de 2.3.2013, p. 1.

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(2)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2015/504 de la Comisi髇, de 11 de marzo de 2015, relativo a la ejecuci髇 del Reglamento (UE) n. 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos administrativos para la homologaci髇 y la vigilancia del mercado de los veh韈ulos agr韈olas y forestales (DO L 85 de 28.3.2015, p. 1).

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(3)

Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016, sobre los requisitos relativos a los l韒ites de emisiones de gases y part韈ulas contaminantes y a la homologaci髇 de tipo para los motores de combusti髇 interna que se instalen en las m醧uinas m髒iles no de carretera, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n. 1024/2012 y (UE) n. 167/2013, y por el que se modifica y deroga la Directiva 97/68/CE (DO L 252 de 16.9.2016, p. 53).

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(4)

Directiva 97/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1997, relativa a la aproximaci髇 de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas contra la emisi髇 de gases y part韈ulas contaminantes procedentes de los motores de combusti髇 interna que se instalen en las m醧uinas m髒iles no de carretera (DO L 59 de 27.2.1998, p. 1).

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(5)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/656 de la Comisi髇, de 19 de diciembre de 2016, por el que se establecen los requisitos administrativos relativos a los l韒ites de emisiones y la homologaci髇 de tipo de los motores de combusti髇 interna para m醧uinas m髒iles no de carretera de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 102 de 13.4.2017, p. 364).

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(6)

Reglamento de Ejecuci髇 (UE) 2017/656 de la Comisi髇, de 19 de diciembre de 2016, por el que se establecen los requisitos administrativos relativos a los l韒ites de emisiones y la homologaci髇 de tipo de los motores de combusti髇 interna para m醧uinas m髒iles no de carretera de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 102 de 13.4.2017, p. 364).;

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(7)

Reglamento Delegado (UE) 2018/985 de la Comisi髇, de 12 de febrero de 2018, que complementa el Reglamento (UE) n.o 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de eficacia medioambiental y de rendimiento de la unidad de propulsi髇 para los veh韈ulos agr韈olas y forestales y sus motores y se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2015/96 de la Comisi髇 (DO L 182 de 18.7.2018, p. 1).,

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(8)

Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016, sobre los requisitos relativos a los l韒ites de emisiones de gases y part韈ulas contaminantes y a la homologaci髇 de tipo para los motores de combusti髇 interna que se instalen en las m醧uinas m髒iles no de carretera, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n. 1024/2012 y (UE) n. 167/2013, y por el que se modifica y deroga la Directiva 97/68/CE (DO L 252 de 16.9.2016, p. 53).

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(9)

Reglamento (CE) n. 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, relativo a la homologaci髇 de los veh韈ulos de motor y los motores en lo concerniente a las emisiones de los veh韈ulos pesados (Euro VI) y al acceso a la informaci髇 sobre reparaci髇 y mantenimiento de veh韈ulos y por el que se modifica el Reglamento (CE) n. 715/2007 y la Directiva 2007/46/CE y se derogan las Directivas 80/1269/CEE, 2005/55/CE y 2005/78/CE (DO L 188 de 18.7.2009, p. 1);

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(10)

Transmisi髇 variable continua.

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(11)

Transmisi髇 variable continua

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(12)

En el caso de NRSC, anotar el ciclo indicado en el punto 9.1 (cuadro 4); en el caso del ensayo transitorio, anotar el ciclo indicado en el punto 10.1 (cuadro 8).

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(13)

Copiar los resultados del “Resultado final del ensayo con DF” del cuadro 6.

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(14)

Copiar los resultados del “Resultado final del ensayo con DF” del cuadro 9 o, seg鷑 proceda, del cuadro 10.

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(15)

Para un tipo de motor o una familia de motores que se haya sometido a ensayo tanto en un ciclo NRSC como en un ciclo transitorio no de carretera, indicar los valores de las emisiones de CO2 en ciclo en caliente del NRTC anotados en el punto 10.3.4 o los valores de las emisiones de CO2 del LSI-NRTC anotados en el punto 10.4.4. En el caso de un motor sometido a ensayo 鷑icamente en un NRSC indicar los valores de las emisiones de CO2 obtenidos en dicho ciclo que figuran en el punto 9.3.3.;

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(16)

Directiva 2000/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2000, relativa a las medidas que deben adoptarse contra las emisiones de gases contaminantes y de part韈ulas contaminantes procedentes de motores destinados a propulsar tractores agr韈olas o forestales y por la que se modifica la Directiva 74/150/CEE del Consejo (DO L 173 de 12.7.2000, p. 1).

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(17)

Directiva 2003/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, relativa a la homologaci髇 de los tractores agr韈olas o forestales, de sus remolques y de su maquinaria intercambiable remolcada, as como de los sistemas, componentes y unidades t閏nicas de dichos veh韈ulos y por la que se deroga la Directiva 74/150/CEE (DO L 171 de 9.7.2003, p. 1).

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(18)

Directiva 97/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1997, relativa a la aproximaci髇 de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas contra la emisi髇 de gases y part韈ulas contaminantes procedentes de los motores de combusti髇 interna que se instalen en las m醧uinas m髒iles no de carretera (DO L 59 de 27.2.1998, p. 1)..

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